Nómina

Recargos nocturnos, dominicales y festivos en Colombia (2026)

Si tu empresa trabaja por turnos, cada mes tienes que clasificar las horas de cada persona: cuáles son ordinarias, cuáles nocturnas, cuáles extra y cuáles cayeron en el día de descanso o en un festivo. La reforma laboral (Ley 2466 de 2025) y la reducción de la jornada (Ley 2101 de 2021) cambiaron varias de esas reglas, así que conviene revisar cómo se calculan hoy.

Los porcentajes vigentes en octubre de 2026

Todos los recargos se calculan sobre el valor de la hora ordinaria del trabajador.

Concepto Recargo Desde cuándo
Trabajo nocturno (7 p. m. a 6 a. m.) 35 % Franja ampliada desde el 25/12/2025
Hora extra diurna 25 % Sin cambios
Hora extra nocturna 75 % Sin cambios
Trabajo en el día de descanso obligatorio o en festivo 90 % Desde el 1/07/2026 (100 % en 2027)

Qué cambió

  • La noche empieza más temprano. Antes el recargo nocturno empezaba a las 9:00 p. m.; desde el 25 de diciembre de 2025 empieza a las 7:00 p. m. Un turno de 2:00 p. m. a 10:00 p. m., que antes tenía una hora nocturna, ahora tiene tres.
  • El día de descanso y el festivo valen más cada año. El recargo pasó del 75 % al 80 % en julio de 2025, al 90 % el 1 de julio de 2026 y llegará al 100 % el 1 de julio de 2027. Por eso el porcentaje correcto depende de la fecha en que se trabajó, no de la fecha en que se liquida.
  • “Dominical” es el día de descanso obligatorio. La ley aclara que el recargo dominical se paga por trabajar el día de descanso obligatorio de la semana. Normalmente es el domingo, pero puede pactarse otro día; los festivos siempre llevan el recargo.
  • La semana es más corta. Desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima es de 42 horas semanales. El salario no baja, así que la hora ordinaria vale más: con 42 horas, el cálculo habitual divide el salario mensual entre 210 horas en lugar de 220.

Un ejemplo con números

Supón que la hora ordinaria de una persona vale $10.000:

Hora trabajada Qué se paga
Nocturna dentro de la jornada (p. ej., 8:00 p. m.) El recargo: $3.500 (35 %)
Extra diurna Hora más recargo: $12.500
Extra nocturna Hora más recargo: $17.500

La hora nocturna dentro de la jornada ya está cubierta por el salario, así que se suma solo el recargo. Las horas extra están por fuera de la jornada, así que se pagan completas.

El trabajo en el día de descanso o en un festivo tiene reglas propias: según el caso, además del recargo puede corresponder un descanso compensatorio. Y cuando una misma hora es extra, nocturna y cae en el día de descanso, la forma de combinar los recargos también tiene reglas propias. Revisa esos casos con tu asesor laboral antes de liquidar.

Dónde se suelen equivocar las liquidaciones

  1. Usar el porcentaje de la fecha de pago. Una nómina de julio de 2026 que incluye días de descanso trabajados en junio debe pagarlos al 80 %, y los de julio al 90 %.
  2. Seguir contando la noche desde las 9:00 p. m. Las horas entre las 7:00 y las 9:00 p. m. ahora llevan recargo nocturno.
  3. Seguir dividiendo el salario entre 220 horas. Desde el 15 de julio de 2026 la hora ordinaria se calcula con la jornada de 42 horas.
  4. Pagar el recargo a cualquier domingo. Se paga al día de descanso obligatorio pactado y a los festivos.
  5. Calcular el tiempo extra con el tope viejo. Es extra lo que pasa de la jornada pactada, que hoy no puede superar las 42 horas semanales.

Cómo lo resuelve NomiPro

NomiPro une la planeación de turnos con la liquidación: lo que programas cada semana es lo que se liquida a fin de mes. Antes de guardar la semana ves las horas extra, nocturnas y festivas estimadas, y te avisa si un turno pasa los límites de horas extra o si falta el día de descanso. En la liquidación del mes, NomiPro clasifica cada hora como ordinaria, extra, nocturna o dominical y festiva y la liquida con el porcentaje vigente en la fecha en que se trabajó, incluido el ajuste gradual de la Ley 2466; el recargo dominical lo aplica al día de descanso pactado.

Información revisada el 21 de octubre de 2026. Las normas laborales cambian: verifica siempre con el Ministerio del Trabajo o con tu asesor antes de liquidar.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué hora se paga el recargo nocturno en Colombia?
Desde el 25 de diciembre de 2025, el trabajo nocturno va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. y se paga con un recargo del 35 % sobre el valor de la hora ordinaria.
¿Cuánto es el recargo dominical y festivo hoy?
Desde el 1 de julio de 2026 es del 90 % sobre la hora ordinaria, y llegará al 100 % el 1 de julio de 2027. Se paga por trabajar el día de descanso obligatorio de la semana (normalmente el domingo, aunque puede pactarse otro día) y los festivos.
¿Cuál es la jornada máxima semanal en 2026?
Desde el 15 de julio de 2026 es de 42 horas semanales, según la Ley 2101 de 2021. El salario no baja y la hora ordinaria vale más, porque el mismo salario se reparte entre menos horas.

Fuentes

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